Presente una iniciativa para sancionar con cárcel y multa a aquellas personas que vendan o comercie, distribuya o transporte medicamentos, fármacos, materias prima, aditivos o materiales fuera de los establecimientos mercantiles legalmente constituidos para esos fines o sin que tengan el permiso correspondiente.
Esta iniciativa busca adicionar el artículo 464 Quater a la Ley General de Salud, a fin de garantizar que la venta o comercialización de medicamentos esté a cargo de las personas jurídicamente colectivas o físicas que cuenten con los permisos y las acreditaciones por parte de la autoridad sanitaria competente. Esto permitirá avalar que los medicamentos, al tener las características correspondientes a cada uno de ellos, serán seguras para su consumo en beneficio de la salud de las personas. Asimismo, que se pueda erradicar su accesibilidad en la vía pública bajo cualquier modalidad.
Mi iniciativa fue turnada a las Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores para su discusión y dictaminación.