Establezco que exista igualdad, equidad y simetría procesal para quienes acuden al Juicio Contencioso Administrativo Federal (Juicio de Nulidad) y solicitan la suspensión de la ejecución del acto impugnado.
A su vez, solicito corregir el insuficiente plazo para el otorgamiento del interés fiscal o el término en que los contribuyentes cumplen con sus obligaciones de pago con la autoridad hacendaria.
Así se garantiza que quienes ya se encuentran resintiendo un acto de autoridad, puedan obtener de forma más justa la suspensión definitiva hasta en tanto no se resuelva la legalidad o ilegalidad del acto administrativo que se combate.
Consiste en reformar la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y el Código Fiscal de la Federación.
Se dio turno directo a las Comisiones Unidas de Justicia; y de Estudios Legislativos, Segunda.